Conciertos educativos

Los centros docentes se clasifican en públicos y privados:

  • Son centros públicos aquellos cuyo titular sea una administración pública.
  • Son centros privados aquellos cuyo titular sea una persona física o jurídica de carácter privado.

Los centros privados que ofrezcan enseñanzas declaradas gratuitas y satisfagan necesidades de escolarización podrán acogerse al régimen de conciertos en los términos legalmente establecidos, de acuerdo con la normativa vigente establecida al efecto.

Normativa de aplicación

Más información

Información adicional

Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes contactarnos a través del Centro de Atención a Usuarios de la Comunidad Educativa llamando a 955405619 o a 900848000 (Teléfonos gratuitos) o a través de nuestro formulario de contacto.

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